Addictware | Noticias de Tecnología - Antes de que finalice el año, prevé el pago de aguinaldos

El aguinaldo es un derecho que otorga la ley; sin embargo, para los patrones es un trámite que, de no realizarse correctamente, puede resultar desgastante, ya que debe estar perfectamente calculado y completo. 

Logo MicrosipEn el transcurso de los próximos días, pero antes del 20 de diciembre, quienes colaboran en empresas deberán recibir su respectivo aguinaldo equivalente a 15 días de trabajo. Este pago es una de las múltiples responsabilidades por parte de los patrones que deberán cumplir en tiempo y forma antes de finalizar el año.

Si bien, esta prestación genera mucha expectativa,, existen una serie de características que se deben contemplar a la hora de realizar el cálculo correspondiente. Por ejemplo, al ser un ingreso, está sujeto al pago de impuestos, excepto si el monto es inferior a 30 días de salario mínimo.

El aguinaldo es de carácter obligatorio, ya sea que los colaboradores tengan contrato directo, por outsourcing, eventual o que aún no lo hayan firmado, incluso si renuncian o son despedidos deberán recibir lo que les corresponde. Asimismo, en caso de tener menos de un año laborando, tienen derecho a un pago proporcional al número de días que han laborado hasta ese día.

Otra particularidad es que, dependiendo del sector, será la cantidad que se otorgue. A los trabajadores del estado les corresponden 40 días de salario, 50% antes del 20 de diciembre y el otro 50% antes del 15 de enero, mientras que a los del sector privado, son los 15 días de salario y se entrega en una sola exhibición. En cuanto a quienes trabajan por honorarios, la ley no estipula que el pago de aguinaldo sea forzoso para los patrones que contratan, pero es considerado una buena práctica.

Sin embargo, existen contrastes relativos al pago de aguinaldos pues, por un lado, hay empresas cuya facturación es mayor a 500 millones de pesos que otorgan aguinaldos respectivos a casi 40 días de trabajo, mientras que las PyMEs, que conforman más del 90% de la productividad a nivel nacional, no siempre pueden cumplir con esta obligación por temas de solvencia económica, según cifras oficiales.

El aguinaldo es un derechoque otorga la ley; sin embargo, para los patrones es un trámite que, de no realizarse correctamente, puede resultar desgastante, ya que debe estar perfectamente calculado y completo. El procedimiento no debe ser complicado, hoy en día existen sistemas de gestión que, sin importar si son 10 o 100 empleados, ayudan, entre otras cosas, al cálculo de los aguinaldos de forma automática.

Algunos beneficios que las empresas tienen al implementar un sistema de gestión administrativo para el correcto cálculo de aguinaldos son:

  • Se obtiene un respaldo de la base de datos de la empresa.
  • Calcula con precisión el ISR de las nóminas y se ajusta mensualmente.
  • Se recomienda que la nómina de aguinaldos no sea la primera del mes y que se obtengan primero las nóminas semanales y quincenales, finalmente la del aguinaldo.
  • Al procesar el aguinaldo como la última nómina, el cálculo de pago de impuestos será más exacto. Si se calcula como la primera nómina del mes, posiblemente no sea correcto y se deba ajustar en las siguientes nóminas de diciembre.
  • Se recomienda no timbrar hasta que se esté seguro que el cálculo final sea el correcto.

Recuerda, de no entregar los pagos de aguinaldo a tiempo y completos, como patrón, podrías ser acreedor a una multa que equivale de 50 a 5000 veces el salario mínimo, que puede ir de los 4,418 pesos hasta los 441,800 pesos. Esta gratificación es obligatoria y se puede entregar en efectivo o de forma electrónica, más no en vales de despensa u otro tipo de mercancía que no sea dinero.

Para un fin de año sin contratiempos, planea con anticipación.